jueves, 26 de agosto de 2010

REGLAMENTO

REGLAMENTO DE ARTESANOS Y EXPOSITORES



INTRODUCCIÓN


FERIARTE, evento pluricultural, ofrece anualmente a la comunidad tres días de fiesta en los que, creadores del arte y de la música popular, son la razón y el eje del encuentro.
La Comisión Organizadora de FERIARTE, en función de proteger, difundir y preservar el lema que identifica a esta muestra: "La cultura es el único bien que aumenta cuando se la comparte", dicta el presente reglamento a fin de que la exposición cuente con un marco de ordenamiento legal para la divulgación del arte y de la artesanía de distintos lugares, como expresión de valores autóctonos.


OBJETIVOS DE FERIARTE
# Promover la creatividad artesanal, en función de la integración de los factores que intervienen en el proceso de creación.
# Difundir las artesanías como productos de valores culturales con el fin de crear un mercado regional, provincial, nacional e internacional.
# Promocionar la producción de artesanías para que la actividad se constituya en un medio digno de vida para el artesano y su grupo familiar.
# Propiciar auténticas expresiones con calidad artesanal e incentivar la creación de nuevos emprendimientos artesanales.
# Crear espacios de protección y difusión del patrimonio cultural al ser Feriarte una muestra con características propias y una posibilidad de venta directa al público, con fuerte soporte promocional y publicitario.
# Posibilitar el contacto directo del público con auténticos artesanos de la provincia, del país y del extranjero.
# Afianzar la identidad regional a través de la música y la danza folklórica y /o popular argentina.


El presente Reglamento pretende organizar las acciones durante la exposición en un ambiente de cooperación y responsabilidad. En ese sentido se resuelve respecto de los siguientes puntos:

1 De la ubicación de los expositores.
2 De las autoridades de la FERIA
3 De las artesanías.
4 De los artesanos.
5 Del funcionamiento de Feriarte
6 De los servicios brindados por Feriarte
7 Del reconocimiento de los expositores
8 De las obligaciones y sanciones
9 De los expositores de comestibles
10 De los expositores industriales
11 Otros.

DESARROLLO


1. De la ubicación

1.1. El lugar de exposición y venta y la distribución de los sectores de la muestra serán fijados por la Comisión de FERIARTE.
1.2. Cada lugar tendrá una medida no mayor a dos metros lineales de frente por tres de fondo.
1.3.
2Los lugares serán asignados a los expositores, en el sector determinado, por orden de inscripción.
1.4. A partir de las 18:00 del día de inicio de la feria y no habiéndose presentado el expositor perderá su derecho y la comisión podrá reasignar el espacio.
1.5. Todos los lugares quedarán registrados en el Stand de la Comisión Organizadora, en un archivo general y en el croquis de ubicación destinado al efecto.
1.6. La Comisión Organizadora determinará sectores para ubicar los stands de los artesanos, de los expositores de comestibles e instituciones benéficas y educativas.
1.7. Los lugares de los stands serán entregados sin cargo por el término que dure la feria.

2. De las autoridades de la FERIA

2.1. La Comisión Organizadora y el Jurado de Admisión por ella designado, son las autoridades de la muestra y sus decisiones serán inapelables.
2.2. La Comisión Organizadora tendrá a su cargo antes y durante el desarrollo de Feriarte, la coordinación de todas las tareas y aspectos técnicos que aseguren el normal funcionamiento de la muestra y la resolución de los problemas inmediatos que se presentaren.
2.3. El Jurado de Admisión seleccionará y fiscalizará las piezas presentadas. Las decisiones del jurado son inapelables.

3. De las artesanías

3.1. Definición de artesanía

Se considera artesanías a aquellas creaciones que por su modalidad de producción fundamentalmente manual y con la ayuda de recursos instrumentales, realiza transformaciones sobre la materia prima mediante la aplicación de técnicas específicas, presentando un producto con criterio estético y que expresen creatividad y manifiesten aspectos culturales de un individuo o las características de un grupo o región.

3.2.
3Productos no admitidos
Exclúyase de la participación de esta feria a toda actividad industrial que elabore objetos obtenidos por reproducción en serie. No se permitirá, tejido a máquina, copias ni revendedores. Se mantendrá como criterio la artesanía basada en la transformación de la materia prima, técnicas, diseño y creatividad.
4. De los artesanos

4.1. Podrá participar de la muestra toda persona física o jurídica del país o del extranjero (artesanos independientes; talleres artesanales, delegaciones, instituciones y/o entidades oficiales o privadas, etc.) productores de artesanías.
4.2. A los efectos organizativos de la feria, la Comisión Organizadora ha determinado las siguientes categorías:
4.2.1. ARTESANOS INDEPENDIENTES: son todos aquellos artesanos individuales cuya producción artesanal permite claramente la identificación del individuo con su obra.
4.2.2. DELEGACIONES Y/O MERCADOS ARTESANALES: son aquellas entidades y asociaciones públicas, que nuclean y promueven la labor artesanal representativa de una determinada región del país. Es requisito indispensable para presentarse como tal, nombrar un Encargado o Coordinador de la Delegación que será la persona autorizada ante la Comisión Organizadora y el Jurado de Admisión para todo lo atinente a la organización, presentación de las piezas, montaje y desmontaje de stands.
4.2.3. PEQUEÑAS UNIDADES PRODUCTIVAS: se considera como tales a todos aquellos artesanos integrantes de pequeños talleres en los que la labor artesanal no se desarrolla necesariamente en forma individual, sino en grupos o equipos, y en los que no se alcanza una escala de producción, comercialización y organización como para ser considerados como Microemprendimientos.
4.2.4.
4MICROEMPRENDIMIENTOS: Son considerados como tales, todos aquellos productores de bienes artesanales que cuentan con una mediana capacidad de organización en la producción, promoción y comercialización de sus productos.
4.3. Toda persona interesada podrá presentar para la exposición o la venta, diferentes piezas o producciones que se ajusten al punto 4.
4.4. Si se verificara en cualquier momento en el área asignada a los artesanos a alguien que tenga productos de reventa, o que no sea de su propia elaboración, se le exigirá de inmediato el retiro de la feria, si así no lo hiciera será trasladado por la fuerza pública y/o expulsado de la feria.
4.5. Cada participante deberá indicar en la Solicitud de Inscripción, la categoría en que se inscribe, reservándose las autoridades de la muestra el derecho a recategorizar a todos aquellos participantes que, a su juicio, no correspondan a la categoría indicada.
4.6. A los fines operativos, la Comisión Organizadora ha desarrollado una clasificación o repertorio de especialidades y oficios artesanos. La correspondiente clasificación, que se detalla en el Anexo I, no es excluyente de otras especialidades que no se mencionan específicamente y que podrán ser evaluadas por el Jurado de Admisión.
4.7. Para participar en la XIX EDICIÓN de FERIARTE, los interesados deberán llenar la Solicitud de Inscripción aunque previamente hayan notificado su presencia por teléfono o mail.
4.8. La Comisión Organizadora asignará a los participantes su ubicación según su criterio global, organizativo y conceptual del armado de FERIARTE.
4.9. Los gastos de traslado y alojamiento son por cuenta y cargo de los participantes. Como así también los gastos de envío, transporte.

5. Del funcionamiento de FERIARTE

5.1. La feria estará habilitada al público durante los días viernes 10, sábado 12 y domingo 13 de octubre de 2008 a partir de las 18.00, hasta el día lunes 15 9:00 a las 12:00.
5.2.
5El responsable y/o titular de cada delegación, como así también el titular del stand, deberá cuidar la decoración del espacio asignado, la correcta ubicación de las piezas y la limpieza del predio.
5.3. A los efectos de brindar al público asistente una permanente demostración práctica, los artesanos podrán trabajar durante el desarrollo de la feria para lo cual deberán prever los elementos y materiales necesarios.
5.4. Sobre la venta al público, FERIARTE no exige porcentaje o retención alguna.
5.5. Únicamente podrán ser puestas en exhibición o venta aquellas piezas que hayan sido autorizadas por el Jurado de Admisión.

6. De los servicios brindados por FERIARTE

6.1. Provisión de corriente eléctrica 220 v.
6.2. Iluminación general.
6.3. Un cartel identificatorio del stand (Nombre y N°).
6.4. Limpieza general de áreas comunes.
6.5. Vigilancia de áreas comunes por la policía.
· La Comisión Organizadora establecerá personal de vigilancia general responsable del orden y de la atención de imprevistos, no responsabilizándose de robos y/o roturas de las piezas expuestas.
7. Del reconocimiento de los participantes

7.1. Se entregará un diploma a cada artesano.
7.2. Se entregará un diploma a cada entidad, delegación, academia y artistas.
7.3. Se entregará un diploma a las Pequeñas Unidades Productivas y Microemprendimientos a nombre del titular.

8. De las obligaciones y sanciones

8.1.
6Sólo podrán ser expuestas las producciones que han sido admitidas por el Jurado de Admisión, o similares del mismo rubro.
8.2. Se prohíbe expresamente:
8.2.1. Producir cualquier tipo de deterioro en las instalaciones de la plaza Gral. San Martín.
8.2.2. Producir sonidos molestos de cualquier tipo que a juicio de la Comisión Organizadora resultasen inoportunos como así también la propalación de música.
8.2.3. Utilizar cualquier tipo de artefacto eléctrico que perjudique a las instalaciones de Feriarte.
8.2.4. Perderán todos sus derechos y serán retirados de la feria aquellos participantes que:
8.2.4.a. Cedan, transfieran o compartan sin autorización el espacio adjudicado o parte del mismo.
8.2.4.b. Expongan o vendan piezas que no hayan sido autorizadas por el Jurado de Admisión.
8.2.4.c. Asuman actitudes reñidas con la ética y el correcto comportamiento social, tanto con el personal de la feria, las autoridades y/o el público en general.
8.3. Todo participante deberá tomar los recaudos necesarios, en lo referente a su cobertura de salud, siendo por cuenta y cargo del participante toda atención médica.
8.4. Los artesanos están obligados a:
8.4.1. Retirar sus Credenciales: el primer día de la Feria de 9.30 h. a 17.30 h. en la plaza Gral. San Martín.
8.4.2. Ingresar sus mercaderías y montar antes de las 18:00 de cada día de la feria. Aquel artesano que no ocupara o montara su stand hasta las 18:00 del PRIMER DIA perderá el derecho al lugar asignado por la comisión. Se cederá el mismo al artesano que lo solicite por orden de llegada.
8.4.3. Participar de la apertura de la muestra al público a las 18:30.
8.4.4. Horario oficial de la muestra: VIERNES, SÁBADO Y DOMINGO A PARTIR de 18:00.
8.4.5. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas o cualquier sustancia tóxica en la feria.
8.4.6. Mantener la estética del stand, haciéndose cargo del orden y limpieza del espacio cedido.
8.4.7.
7No permanecer en el stand con el torso desnudo.
El no-cumplimiento de las obligaciones establecidas implica la pérdida de los derechos de participación, pudiendo los organizadores desestimar futuras presentaciones.
9. Del desarmado de la FERIA

9.1. Los artesanos están obligados a retirar sus productos, desarmar y retirar los elementos constructivos del stand y devolver el espacio y lo provisto por la feria en perfectas condiciones al finalizar la misma.
9.2. El desarme, desmontaje y retiro de productos y materiales podrá realizarse cada día con la condición de que al día siguiente a partir de las 18:00 estén nuevamente montados para los visitantes. Se recomienda además la presencia del Artesano o su Colaborador en el stand en los horarios autorizados para el desarme ya que la seguridad queda bajo su total responsabilidad.

10. De los expositores de comestibles

10.1. Se ubicarán en el sector destinado a la venta de comestibles.
10.2. Podrán exponer para la venta: pastelitos, alfajores, cucuruchos, tortas, pan dulce, chacinados, encurtidos (pickles), y/o cualquier producto alimenticio de elaboración artesanal y que no sea expedido por las cantinas.
10.3. Los estands de productos alimenticios varios tienen prohibida la venta de bebidas; empanadas de carne, mondongo, pescados, queso, charque y/o pollos; choripanes; panchos; hamburguesas; pizzas; asado de carne vacuna y/o pollos.

11. Otros

11.1.
8Queda estrictamente prohibida la venta o exposición de artículos que atenten contra la moral y las buenas costumbres (pornografía, estupefacientes, etc.).
11.2. Queda prohibido hacer difusión de cualquier credo religioso, como así también de aquello que tenga que ver con temas o propagandas políticas.
11.3. Queda prohibido el uso o prácticas de tatuajes, perforaciones (peircing), venta de de objetos con luz de láser u otros que pongan en riesgo la salud de los habitantes.
11.4. Los gastos de alojamiento y de traslado corren por cuenta de los expositores.
11.5. Cada expositor se proveerá de los focos o artefactos de iluminación que consideren necesarios. Cada expositor deberá concurrir con un prolongador de al menos 10 m. La Comisión de FERIARTE sólo instalará portalámparas y toma - corrientes en los distintos stands.
11.6. No se admiten lámparas ni maquinarias que no estuvieran debidamente autorizadas por la Comisión Organizadora.
11.7. Todo participante expositor deberá cumplir estrictamente con todo lo establecido en este REGLAMENTO, de lo contrario deberá retirarse de la Feria.
11.8. La comisión de FERIARTE se reserva el derecho de admisión y fiscalización de las piezas y artículos expuestos.
· El desconocimiento del presente Reglamento no justifica su incumplimiento, que es obligatorio para todos los que participan.
· La Comisión Organizadora es la encargada de hacer cumplir el presente Reglamento General.
·
9Los organizadores tienen la facultad de dirimir cuestiones dentro de la feria, controlar la autenticidad de los trabajos expuestos, reservarse el derecho de admisión y/o permanencia de artesanos si se ha constatado la exposición o venta de artículos no fiscalizados.
Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por los organizadores, siendo sus decisiones inapelables.
La sola confirmación de participación da por conocidas y aceptadas de conformidad todas y cada una de las cláusulas del presente Reglamento de Participación.
· Todas las estipulaciones del presente Reglamento General y/o cualquier otra notificación son de cumplimiento obligatorio.
10Anexo I
11
12CLASIFICACIÓN O REPERTORIO DE ESPECIALIDADES Y OFICIOS ARTESANOS (NO EXCLUYENTE)

1) ALFARERÍA
2) ARTESANÍA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS
3) ASTA
4) ASTA Y HUESO
5) CERÁMICA
- Tradicional
- Ceramista
- Modelado
- Proyección
- Rescate
- Utilitaria
- Ornamental
6) CESTERÍA
- Cestero
- Muebles
7) CUCHILLERÍA


8) CUERO
- Soguero
- Talabartero
- Marroquinero
- Muebles
- Cuero crudo
- Deshilado
9) ESCULTURAS
10) ESTÉNCIL
11) FIBRAS VEGETALES
12) FLORES SECAS, DE MADERA, DE PAPEL
13) HUESO
14) INDUMENTARIA de
- Telar
- Tela
- Cuero
- Sombreros
15) IMAGINERÍA
16) INSTRUMENTOS MUSICALES de
- Percusión
- Cuerda
- Viento

17) LUTHIER
18) JUGUETES
19) MADERA
- Muebles
- Utilitarios
- Tallas figuras
- Talla muebles
- Taraceado
- Marquetería
- Retablos
- Calado
20) MADERA-CUERO
21) MATES
- Mates esmaltados
- Mates burilados
- Mates forrado en cuero
- Mates tratados
- Mates de cuernos
- METALES - técnicas
- Joyero
- forjado
- Batido
- Calado
- Cincelado o repujado
- Fundición
- Cobre
- Bronce esmalte sobre metales
22) METALES NOBLES
- Platero
- Filigranista
- Orfebre
- Alpaca
23) METAL - ASTA
24) MODELISMO
- Naval
- Aeromodelismo
25) PAPEL
- Papelero
- Cartapesta
- Maché
26) PIEDRA
- Tallista
- Labra
- Engarzado piedras semipreciosas
- PINTURA sobre porcelana, cerámica, madera
27) PORCELANA
28) SAHUMERIOS
29) TEXTILES
- Telar
- Tapices
- Tejidos de malla
- Bordados
- Alfombras
- Batik
- Lana


30) VELAS
31) VIDRIO
- Termofusión
- Vitral
- Tiffani
- Soplado
32) VARIOS
- Acrílicos
- Caleidoscopios
- Caños
- Damasquinado
- Esterillado
- Iluminación
- Joyas
- Máscaras
- Miniaturas
- Pirograbados
- Resinas

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